Ya ha pasado un año desde que nos confinaron cuando se declaró el estado de alarma el 14 de marzo de 2020 por el covid-19. ¿Qué ha cambiado en nuestro sector desde ese día?
Por lo que yo he podido notar, varias cosas:
Por lo general se podría decir que este último año, no ha sido tan malo para nuestro sector como se podía prever en un principio. Ya veremos qué nos depara el futuro…
En el BOP 116 de Guadalajara del martes 23 de junio de 2020, se han publicado las ayudas para la construcción o rehabilitación de edificios en el casco antiguo, así como las subvenciones para la rehabilitación de edificios derivadas de las ITEs e IEEs. Si quieres más información al respecto, no dudes en contactar con nosotros.
Estamos viviendo una situación poco usual. Tras la declaración del Estado de Alarma por la crisis del covid-19, muchos negocios se han visto obligados a cerrar, y muchos ciudadanos están recluidos en sus viviendas sin poder salir salvo a lo imprescindible.
¿Nos os parece que es el mejor momento para asegurar los locales cerrados, las segundas viviendas no utilizadas o incluso la propia vivienda que ocupamos actualmente, para garantizar nuestro bienestar y la seguridad de nuestros bienes de valor?
Las alarmas son uno de los mejores métodos para evitar robos, destrozos o incluso okupaciones no deseadas.
Si queréis asesoramiento al respecto, estaremos encantados de poneros en contacto con un instalador profesional y de confianza, para que os recomiende la alarma que mejor se adapte a vuestras necesidades.
Dado que muchos de nuestros clientes, son propietarios de viviendas o locales, hemos pensado ofrecer este nuevo servicio adaptado a la medida de cada necesidad.
Según la LEY 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), existen ciertas garantías para proteger a los usuarios de los edificios, por lo que se establecen los requisitos básicos que deben cumplir los mismos.
Estas garantías serán de 1, 3 y 10 años respectivamente, si hablamos de: daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras (seguro de un año), daños causados en los elementos constructivos o en las instalaciones que afecten a la habitabilidad (seguro trienal), o daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a los elementos estructurales (seguro decenal), para los edificios cuyo destino principal sea el de vivienda.
Estas garantías por defectos de construcción podrán ser reclamadas por los dueños de las viviendas unifamiliares o particulares (en el caso de edificios plurifamiliares) o por las comunidades de propietarios (para daños en las zonas comunes), teniendo en cuenta que siempre es aconsejable contar con la opinión experta de un técnico competente en la materia.
Según se ha publicado en el BOP de la provincia de Guadalajara el día 24 de Agosto de 2016, se…
En el Diario Oficial de Castilla la Mancha del día 7 de julio de 2016 podéis encontrar la resolución por…
Durante estas primeras semanas de 2016 he estado haciendo balance de 2015 y organizando el trabajo para el nuevo año….
En esta sección queremos iniciar un pequeño blog con artículos sobre temas de arquitectura y edificación, comentarios a noticias de…
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