Lera&Blanco




Defectos de construcción

Temática : Consejos, Lera&Blanco, Varios · Sin Cometarios · Por 16 May, 2019

Según la LEY 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), existen ciertas garantías para proteger a los usuarios de los edificios, por lo que se establecen los requisitos básicos que deben cumplir los mismos.

Estas garantías serán de 1, 3 y 10 años respectivamente, si hablamos de: daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras (seguro de un año), daños causados en los elementos constructivos o en las instalaciones que afecten a la habitabilidad (seguro trienal), o daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a los elementos estructurales (seguro decenal), para los edificios cuyo destino principal sea el de vivienda.

Estas garantías por defectos de construcción podrán ser reclamadas por los dueños de las viviendas unifamiliares o particulares (en el caso de edificios plurifamiliares) o por las comunidades de propietarios (para daños en las zonas comunes), teniendo en cuenta que siempre es aconsejable contar con la opinión experta de un técnico competente en la materia.


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